#Esthela denunciará ante INE filtración de datos personales

#Esthela denunciará ante INE filtración de datos personales
* En el natural, la pérdida de la residencia efectiva en el Estado de Guerrero ocurre de forma automática cuando un ciudadano establece su domicilio real, físico y permanente, fuera del territorio guerrerense, o bien cuando realiza trámites oficiales que demuestran un cambio de vecindad hacia otra entidad federativa.

* En el ámbito electoral y político, para un aspirante a la gubernatura de Guerrero, esto se traduce en la inelegibilidad inmediata, dado que tanto el artículo 116 de la Constitución Federal como la Constitución Política del Estado de Guerrero exigen de forma estricta que los candidatos no nativos (es decir, quienes han perdido su residencia efectiva) comprueben una residencia efectiva no menor a 5 años inmediatamente anteriores al día de la elección

* Un aspirante pierde esta condición bajo las siguientes circunstancias: Cambio de domicilio en el INE, es decir, cuando se modifica el domicilio ante el Instituto Nacional Electoral para registrar una dirección en otra entidad del país, con lo que interrumpe el conteo legal de los 5 años exigidos de forma «inmediata» antes de los comicios.
) Tribunal Electoral del Estado de Guerrero

* Un candidato a gobernador en Guerrero pierde su derecho a registrarse si no cumple con una residencia efectiva no menor a cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección, un requisito obligatorio.
) Artículo 75  | Constitución Política del Estado de Guerrero.

TUXPAN, Gro. * 25 de junio 2016.
) Comunicado / Redacción Aps
La aspirante a la candidatura de Morena al Gobierno de Guerrero en 2027, Esthela Damián Peralta, anunció que presentará ante el Registro Federal de Electores denuncia formal contra un módulo de Atención Ciudadana en Acapulco del Instituto Nacional Electoral (INE) que, a su juicio, «vulneración gravemente» sus datos personales al ser «filtrados indebidamente» a la prensa.

Desde el Lago de Tuxpan, la aspirante morenista catalogó el incidente como un «asunto de máxima gravedad institucional».

«La querella anunciada «no obedece únicamente a un agravio en su contra –subrayó–, sino a la imperiosa necesidad de que los órganos electorales cumplan con su obligación constitucional de salvaguardar la confidencialidad de todos los ciudadanos».

Sin embargo, lejos de respaldar los argumentos de la exconsejera Jurídica de Claudia Sheinbaum Pardo, su exjefa política desde la jefatura del Gobierno de la Ciudad de México y la Presidencia de la República, respectivamente, el documento filtrado que contiene datos generales acotados en cualquier Credencial de Elector emitida por el INE evidencia, en sí, la atemporalidad utilizada para validar en Guerrero el registro de la popularmente ya conocida como la ‘chilanga guerrerense’, quien prácticamente no ha hecho carrera política en su estado de origen, ni ha representado a su entidad guerrerense en los cargos de elección popular que ha ostentado en el ex Distrito Federal (hoy Ciudad de México) desde principios del años 2000, lo que la invalida automáticamente para competir por la gubernatura de Guerrero.

Las leyes locales basadas en documentos jurídicos y electorales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación precisan tres principios básicos que validan la ilegibilidad de la exconsejera jurídica de la Presidencia de la República para aspirar no solo a la candidatura de Morena a cualquier cargo de elección popular en la entidad, sino también competir por la gubernatura del Estado de Guerrero.

Textos de la normatividad electoral procesan la pérdida de la residencia con base en criterios estrictos emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y los lineamientos de registro del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPC), en los cuales se lee:

* En el ámbito natural, la pérdida de la residencia efectiva en el Estado de Guerrero ocurre de forma automática cuando un ciudadano establece su domicilio real, físico y permanente, fuera del territorio guerrerense, o bien cuando realiza trámites oficiales que demuestran un cambio de vecindad hacia otra entidad federativa.

* En el ámbito electoral y político, para un aspirante a la gubernatura de Guerrero, esto se traduce en la inelegibilidad inmediata, dado que tanto el artículo 116 de la Constitución Federal como la Constitución Política del Estado de Guerrero exigen de forma estricta que los candidatos no nativos (es decir, quienes han perdido su residencia efectiva) comprueben una residencia efectiva no menor a 5 años inmediatamente anteriores al día de la elección.

* Un aspirante pierde esta condición bajo las siguientes circunstancias: Cambio de domicilio en el INE, es decir, cuando se modifica el domicilio ante el Instituto Nacional Electoral para registrar una dirección en otra entidad del país, con lo que interrumpe el conteo legal de los 5 años exigidos de forma «inmediata» antes de los comicios.

Al respecto, un candidato a gobernador en Guerrero pierde su derecho a registrarse si no cumple con una residencia efectiva no menor a cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección, un requisito obligatorio, precisa el artículo 75 de la Constitución Política del Estado de Guerrero.

Sin embargo, «con el rigor normativo que respalda su perfil como abogada y exconsejera jurídica a nivel federal», Esthela Damián advirtió a través de un video publicado en su página oficial de Facebook que en la denuncia mencionada proporcionará todos «los datos exactos del módulo responsable para que se inicie una investigación interna inmediata que derive en sanciones ejemplares», lo cual suena obvio si pretende que se sancione a dicho módulo del INE en Acapulco.

“Voy a presentar una denuncia en particular contra un módulo al que acudí en Acapulco, Guerrero, porque entregaron de manera indebida datos sensibles y confidenciales que no tendrían que haber filtrado. Este asunto lo voy a denunciar para que lo investigue el Registro Federal de Electores. Es un asunto sumamente delicado, no porque sea contra Esthela Damián, sino porque ellos son los encargados de proteger los derechos de todos los ciudadanos. Su servidora tiene una trayectoria pública y transparente, no tengo nada que ocultar ni nada que esconder. En el Registro Federal de Electores daré los datos del módulo donde entregué mis datos sensibles para que procedan con la investigación y sancionen con todo el peso de la ley”, advierte en su video.

Según sus perspectivas, en el marco jurídico federal vigente en los ordenamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) la sustracción, comercialización o uso ilícito de información confidencial resguardada por el padrón electoral no solo viola la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, sino que constituye un delito grave federal», lo cual suena lógico, empero, el motivo pare ser otro: «Desviar la atención la ilegibilidad automática que propició su cambio de domicilio» para poder aspirar a un cargo de elección popular en una entidad que lleva más de dos décadas ausente.

«Bajo el Artículo 8 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, cualquier funcionario electoral que altere, comercialice o haga uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores o padrón electoral, se enfrenta a sanciones severas que contemplan de cincuenta a doscientos días multa y prisión de dos a seis años, además de la destitución inmediata e inhabilitación para ejercer cargos públicos», precisa Damián Peralta en su advertencia. Y remeta: «La legislación contempla responsabilidades administrativas y penales transversales para los actores o terceros que coadyuven en la difusión dolosa de dichos datos confidenciales».

En el tema que importa, la ley señala que «el cambio de domicilio en el INE, es decir, la modificación  del domicilio ante el Instituto Nacional Electoral para registrar una dirección en otra entidad del país, interrumpe el conteo legal de los 5 años exigidos de forma inmediata antes de los comicios», cuyo caso el de Esthela Damián Peralta, quien con su registro de cambio de domicilio de la Ciudad de México a Acapulco detonó cuestionamientos sobre el cumplimiento de este plazo constitucional, cita la inteligencia artificial de Google al alcance de todo público.
fb.me/Steparious | fb.me/acapulcopress