{"id":1232935,"date":"2021-10-07T21:27:34","date_gmt":"2021-10-08T02:27:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.acapulco.press\/?p=1232935"},"modified":"2021-10-07T21:27:34","modified_gmt":"2021-10-08T02:27:34","slug":"cambio-climatico-sin-lugar-para-regresiones-climaticas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.acapulcopress.com\/index.php\/2021\/10\/07\/cambio-climatico-sin-lugar-para-regresiones-climaticas\/","title":{"rendered":"Cambio clim\u00e1tico | Sin lugar para regresiones clim\u00e1ticas"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Luis Miguel Cano L\u00f3pez<\/strong><br \/>\n<em>] <a href=\"https:\/\/www.proceso.com.mx\/opinion\/2021\/10\/7\/sin-lugar-para-regresiones-climaticas-273462.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Apro<\/a>.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se espera que en las pr\u00f3ximas semanas el tema del cambio clim\u00e1tico tenga m\u00e1s presencia en las conversaciones p\u00fablicas. As\u00ed deber\u00eda ser hasta que sea asunto de inter\u00e9s p\u00fablico permanente. M\u00e1s all\u00e1 de eso, la exigencia, el seguimiento y la fiscalizaci\u00f3n de acciones reales para atender la crisis clim\u00e1tica actual son b\u00e1sicas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Me ha tocado participar de primera mano en un amparo de pron\u00f3stico reservado. Hace unos d\u00edas notificaron a Greenpeace M\u00e9xico que el D\u00e9cimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, decidi\u00f3 revocar el fallo del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de M\u00e9xico, y conceder una suspensi\u00f3n definitiva para el efecto de paralizar los actos de ejecuci\u00f3n de la Revisi\u00f3n de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional, actualizadas en 2020; y para que las autoridades responsables contin\u00faen con las correspondientes actuaciones en t\u00e9rminos de lo previsto en los Compromisos de Mitigaci\u00f3n y Adaptaci\u00f3n de Cambio Clim\u00e1tico para el periodo 2020-2030, del 2015.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El detalle es que por los t\u00e9rminos en que qued\u00f3 redactada la resoluci\u00f3n colegiada, ahora las autoridades responsables, Comisi\u00f3n Intersecretarial de Cambio Clim\u00e1tico y Direcci\u00f3n General de Pol\u00edticas para el Cambio Clim\u00e1tico de la Secretar\u00eda de Medio Ambiente y Recursos Naturales, informaron al Juzgado que dar\u00e1n cumplimiento a la suspensi\u00f3n aludida, deteniendo los actos de ejecuci\u00f3n relacionados con la revisi\u00f3n de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional actualizadas al 2020, y que en acatamiento a ella, en todo momento considerar\u00e1n los compromisos de mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n para el periodo 2020-2030, del 2015.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El problema que con esto se presenta es que hay compromisos que mejoraron en la actualizaci\u00f3n de 2020 de las contribuciones determinadas a nivel nacional, as\u00ed que si las autoridades insisten en congelar todos sus actos de ejecuci\u00f3n, lo que parec\u00eda un precedente alentador para evitar regresiones clim\u00e1ticas, se convertir\u00eda en una excusa perfecta para que el gobierno no haga nada ante la crisis clim\u00e1tica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Puedo entender perfectamente que una lectura aislada de la resoluci\u00f3n reca\u00edda en el amparo en revisi\u00f3n 81\/2021 dictada por el Tribunal Colegiado, solo en la parte de los efectos de la suspensi\u00f3n que otorg\u00f3, provoque alguna confusi\u00f3n, pues us\u00f3 t\u00e9rminos muy generales. Pero las sentencias no se deben leer as\u00ed. Son vitales las razones que las sustentan. Ah\u00ed es donde retoma claridad la suspensi\u00f3n concedida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las consecuencias y efectos de la Revisi\u00f3n de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional actualizadas en 2020 que fueron suspendidas, son exclusivamente las que implican una regresi\u00f3n respecto a las de 2015. El fundamento toral de la decisi\u00f3n colegiada fue lo previsto en el art\u00edculo cuarto del Acuerdo de Par\u00eds, que tiene un mandato de progresividad. Si el Tribunal concedi\u00f3 a Greenpeace M\u00e9xico la suspensi\u00f3n frente a la modificaci\u00f3n de las l\u00edneas de base de medici\u00f3n de emisiones nacionales de gases de efecto invernadero \u2013que a su vez modificaron las metas de reducci\u00f3n originalmente establecidas\u2013, as\u00ed como frente a la eliminaci\u00f3n del pico de emisiones de esos gases fijado para el a\u00f1o 2026 \u2013el cual refleja el momento a partir del que las emisiones anuales netas deber\u00edan comenzar a reducirse para alcanzar la meta en el a\u00f1o 2030\u2013, y la eliminaci\u00f3n de la meta consistente en la reducci\u00f3n del 50% de emisiones de tales gases para 2050; lo fue porque estim\u00f3 que la actualizaci\u00f3n de 2020 modific\u00f3 las contribuciones determinadas a nivel nacional de 2015, en detrimento de los compromisos internacionales asumidos por nuestro pa\u00eds en materia ambiental, espec\u00edficamente de reducci\u00f3n de gases de efecto invernadero. Esa suspensi\u00f3n se dict\u00f3 porque de un estudio preliminar se apreci\u00f3 una disminuci\u00f3n en dichos compromisos. Por ello, si se avalara la lectura absoluta que anuncian las responsables, se terminar\u00eda por afectar el inter\u00e9s social, se contravendr\u00edan disposiciones de orden p\u00fablico, y no se privilegiar\u00eda en todo momento la mayor protecci\u00f3n de las personas y sus derechos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ser\u00e1 entonces el Juzgado de Distrito el que tenga que resolver, en un incidente por exceso en el cumplimiento de la suspensi\u00f3n, si lo \u00fanico suspendido son los actos de ejecuci\u00f3n de la Revisi\u00f3n de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional, actualizadas en 2020, que no representan una progresi\u00f3n respecto de las contribuciones previas, es decir, las regresiones concernientes a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero \u2013y solo en cuanto se garantice la mayor protecci\u00f3n de los derechos humanos en juego\u2013, a fin de lograr una reducci\u00f3n de esos gases de efecto invernadero y mitigar el cambio clim\u00e1tico del planeta. De lo contrario, si el Juzgado secundara que aquella suspensi\u00f3n tiene los efectos absolutos especulados por las autoridades responsables, se privar\u00eda a la sociedad de los beneficios por los avances de dichas contribuciones 2020, y se provocar\u00edan da\u00f1os a la colectividad, al permitir la disminuci\u00f3n de otros compromisos clim\u00e1ticos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luis Miguel Cano L\u00f3pez ] Apro. Se espera que en las pr\u00f3ximas semanas el tema del cambio clim\u00e1tico tenga m\u00e1s presencia en las conversaciones p\u00fablicas. As\u00ed deber\u00eda ser hasta que sea asunto de inter\u00e9s p\u00fablico permanente. 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